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Estructura

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Son facultades de la Asamblea las siguientes:

a) Aprobar y modificar los estatutos de la Asociación;
b) Determinar el monto y forma de pago de las aportaciones de los Miembros;
c) Resolver sobre la admisión de nuevos Miembros Asociados;
d) Elegir al Presidente de la Junta Directiva;
e) Designar a los auditores de la Asociación, los que deberán ser de reconocido prestigio;
f) Conocer los informes, deliberaciones y resoluciones de la Junta Directiva y de la Secretaría Ejecutiva sobre las actividades, programas y presupuestos de la Asociación, así como aprobar los estados financieros anuales auditados en los términos que la misma determine. La Asamblea estará facultada para pedir a los auditores la cualquier información en cualquier tiempo; y

La Junta Directiva estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente y cinco Directores. El Presidente y Vicepresidente serán elegidos por mayoría de votos de la Asamblea y servirán por un término de dos años. El Presidente y Vicepresidente pueden ser elegidos por no más de dos términos consecutivos. El Presidente y Vicepresidente deben ser representantes de Miembros Asociados de diferentes grupos regionales. Excepto en el caso de reelección, el sucesor elegido a Presidente o Vicepresidente debe ser representante de un grupo regional diferente al del ocupante de ese cargo.

El período de dos años del Presidente, siguiente a su elección, debe empezar en un año par; el término de dos años del Vicepresidente, siguiente a su elección, debe empezar en años impares. El Presidente de la Junta Directiva actuará como representante legal de la Asociación.

Los Directores se desempeñarán en su cargo durante dos años. Las elecciones para Directores se celebrarán anualmente, a efecto de renovar dos de los miembros en un año par y los otros tres en año impar.


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